martes, 4 de diciembre de 2007

VIAJES COMBINADOS: otra opción

En las últimas entradas nos hemos dedicados a conocer distintos destinos de viajes en los que poder acercarnos a nuevas culturas, pero en el día de hoy vamos a conocer una de las posibilidades a las que podemos acceder a la hora de iniciar una nueva aventura: los viajes combinados. Se trata de una opción habitual de los consumidores a la hora de planificar sus vacaciones, que presenta numerosas ventajas, como por ejemplo, el abaratamiento de los costes, la comodidad, la facilidad y la rapidez en la contratación.
Un blog muy útil en el que podemos encontrar información acerca de este tipo de viajes es el siguiente que aquí remito: Blog de Viajes y Turismo, concretamente una entrada acerca de los Viajes Combinados, de Carlos Carrasco:

"Una de las alternativas más interesantes para aquellos viajeros que necesitan ahorrar en vacaciones o que desean visitar varios destinos son los llamados viajes combinados. Sin embargo los turistas necesitan conocer cierta información imprescindible para contratar esta modalidad de viaje.
El viaje combinado supone el ceder la planificación de las vacaciones del viajero a una empresa que hace las veces de intermediario. De esta forma, y gracias a los viajes combinados el usuario se despreocupa hasta cierto punto de sus vacaciones, dejando los trámites y la organización a la empresa turística.

La contratación de viajes combinados es delicada, pues en virtud de la Ley 21/1995 la agencia de viajes debe detallar convenientemente todos los datos relativos al mismo (destinos, hoteles, medios de transporte…) así como su precio, el itinerario a seguir y las distintas condiciones aplicables al contrato. Todas las indicaciones tendrán la obligación de ser veraces y comprobables.

Entre las cláusulas del contrato de los viajes combinados deben figurar todas las eventualidades que pudieran surgir durante el viaje, como pérdida de maletas, retrasos y si se diera el caso de que alguna de las condiciones pactadas por la agencia no pudiera cumplirse, deberá a abonar la diferencia al viajero.

En caso de que las condiciones del viaje no fueran posibles, el organizador del viaje combinadoestá obligado a proporcionar al cliente un medio de transporte alternativo."

Además, nos propome una serie de post relacionados con el tema que nos pueden interesar:


PRÁCTICA 10

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